Recorrido por la Normativa de las diferentes Comunidades Autónomas en materia de herencias, para descubrir cuáles son más beneficiosas y cuáles menos.

En materia de Sucesiones, se aplica la normativa de la comunidad autónoma en la que el causante hubiere tenido su residencia habitual, estando determinada por la permanencia en su territorio un mayor número de días en el período de los cinco años inmediatos anteriores a su fallecimiento.

Al tratarse el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de un tributo cedido a las comunidades autónomas, sobre el que éstas tienen competencias normativas, la existencia de bonificaciones y deducciones, reducciones, tarifas y cuantías y coeficientes del patrimonio existente en cada una de ellas, hace que sea más caro heredar en un sitio que en otro.

– La normativa aplicable en materia del Impuesto sobre Sucesiones no es algo que sea opcional para el causante o para el causahabiente, o que venga determinado por la localización de los bienes objetos de la herencia, sino que se aplica la normativa de la comunidad autónoma en la que el causante hubiere tenido su residencia habitual, estando determinada por la permanencia en su territorio un mayor número de días en el período de los cinco años inmediatos anteriores a su fallecimiento.

– En las distintas comunidades autónomas se gravan de manera muy distinta las adquisiciones por causa de muerte, habida cuenta de que tienen competencias normativas en materia de reducciones sobre la base imponible, pudiendo mejorar las establecidas en la normativa estatal o crear otras que consideren convenientes, siempre que respondan a circunstancias de carácter económico o social propias. Pueden también regular la tarifa del impuesto, las cuantías y coeficientes del patrimonio preexistente, a los efectos de determinar el coeficiente multiplicador, y las deducciones y bonificaciones de la cuota. Aunque la casuística es grande, porque hay que tener en cuenta tanto la relación de parentesco, como el importe y la naturaleza de lo adquirido, uno de los factores que más influye es la existencia de bonificaciones o deducciones en la cuota.

– También tienen un efecto muy importante sobre el importe a pagar tanto las cuantías y coeficientes del patrimonio preexistente, determinantes del coeficiente multiplicador y las distintas reducciones de las comunidades autónomas.

Por todo ello, son muchas las voces que quienes piden que se proceda a una armonización de este Impuesto en las distintas comunidades autónomas, que evite estas desigualdades.

Vía Mis Derechos/El País.