En marcha la Proposición de ley de mejora de la pensión de orfandad por violencia de género.

El 16 de mayo de 2017, el Pleno del Congreso tomó en consideración de la Proposición de ley de mejora de la pensión de orfandad de las hijas e hijos de víctimas de violencia de género, presentada por el PSOE. Dos días después, la Mesa de la Cámara acordó encomendar su aprobación con competencia legislativa plena a la Comisión de Empleo y Seguridad Social y abrir un plazo de quince días hábiles de presentación de enmiendas; plazo que comenzó el día 25 de mayo de 2017 y en el que nos encontramos.

La Proposición obedece a la falta de aseguramiento que en muchos casos se produce en las situaciones de orfandad por violencia de género, bien porque la causante de la pensión no se encontraba en alta o situación asimilada o por falta de cotización, bien por la escasa cuantía de la pensión de orfandad para garantizar a los hijos una recuperación integral.

El texto propone modificar la pensión de orfandad de hijos de víctimas de violencia de género en la Ley General de la Seguridad Social, a fin de:

– Garantizársela cuando el fallecimiento se haya producido por esa causa y que dicha pensión sea compatible con el reconocimiento de otra pensión de orfandad en cualquier régimen de Seguridad Social.

– Incrementarla -además de lo previsto para la orfandad absoluta- hasta el 70%, o 118% cuando haya más de un beneficiario de esta pensión, de la base reguladora cuando los rendimientos de la unidad familiar de convivencia entre el número de sus miembros, no superen en cómputo anual el 75% del SMI, excluida la parte proporcional de las pagas extras, y sin que sea inferior a la pensión mínima de viudedad con cargas familiares.

– Eliminar los límites en cuanto a la fecha de efectos para percibir el citado incremento, manteniéndose la del reconocimiento inicial de la pensión, aun cuando el agresor no reintegre la pensión de viudedad percibida antes de ser condenado.