Las ayudas a Autónomos por cese de actividad se amplían hasta el 31 de mayo de 2021

Supone la prórroga de las ayudas a Autónomos vigentes por cese de actividad con leves modificaciones, ya que también suspende la subida de cotizaciones.

 

 

Nuevas ayudas. Nuevos plazos.

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Las Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) y la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) han alcanzado un preacuerdo con el Gobierno para extender el cese de actividad hasta el 31 de mayo, con mayores facilidades de acceso a la prestación.

 

Prestación por suspensión de actividad.

La prestación extraordinaria por suspensión de actividad está dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia.

iconoNotas08-2puntosLa cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización, cantidad que se incrementa un 20% si el trabajador autónomo es miembro de una familia numerosa.

El autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la S.S., aunque ese período le contará como cotizado y, en su caso, será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el SMI.

 La prestación compatible con la actividad flexibiliza el requisito de ingresos.

La podrán solicitar aquellos trabajadores cuya facturación en el primer semestre de 2021 caiga el 50% (antes era el 75%), frente al 2ºS de 2019.

El importe de esta prestación es el que corresponda por su base de cotización.

 

Una ayuda extraordinaria.

Quienes no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario, podrán solicitar una ayuda extraordinaria.

La cuantía de la prestación en ese caso es del 50% de la base mínima de cotización e igualmente está exonerado de abonar las cuotas y computa como cotizado.

El límite de ingresos en el primer semestre, para este caso, es 1,2 veces el SMI.

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Autónomos de temporada.

Por último, también se mantiene, adaptando el periodo de referencia, la prestación para autónomos de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el primer semestre de 2021.

 

Suspensión de la subida de los tipos de contingencias.

Otra de las novedades acordadas es la suspensión de la subida progresiva de los tipos de contingencias profesionales y de cese (del 0,3%), previsto en el Real Decreto-ley 28/2018 durante ese período.

La S.S. abonó en diciembre 289,73 millones de € a 355.364 trabajadores autónomos a los que les ha sido reconocida alguna de las prestaciones puestas en marcha.

 

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