El Congreso aprueba la Ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

 

Aprobación de la Ley de prevención contra el fraude fiscal.

El Congreso ha aprobado el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016.

Por ella se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.

Las modificaciones recogidas en este proyecto de ley, principalmente en materia tributaria, tienen una doble finalidad.

  • Por un lado, incorporar al ordenamiento interno el ámbito de las prácticas de elusión fiscal.
  • Por otro, introducir cambios en la regulación para asentar unos parámetros de justicia tributaria y facilitar actuaciones que prevengan y luchen contra el fraude, reforzando el control tributario.

Para favorecer el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias se crea una unidad central de coordinación de esas actuaciones de control.

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Inicialmente se pretendía llevas esta modificación a la población en su conjunto. Sin embargo, se ha terminado aprobando la siguiente condición:

Se limita el importe a 1.000 €uros cuando una de las partes intervinientes en la operación sea un empresario o profesional.

Y si buscas respuesta a ¿qué es un empresario o profesional?, te diremos que  un empresario o profesional es aquella persona física o jurídica que desarrolla una actividad económica y adquiere, entrega o presta bienes y servicios en el desarrollo de dicha actividad.

Precisando esta definición se encuentra lo establecido en los artículos 4 y 5 de la LIVA que nos definen de manera mucho más profunda que debemos entender por el concepto de «empresario o profesional».

* Para que se produzca efectividad de esta norma, se determina un régimen transitorio de aplicación.

 

Medidas contra el fraude fiscal.

La Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior. Es la conocida como Directiva anti elusión fiscal  (ATAD).

Aborda diferentes ámbitos:

Establece una norma general anti abuso, un nuevo régimen de transparencia fiscal internacional, el tratamiento de las denominadas asimetrías híbridas, la limitación de la deducibilidad de intereses y la regulación de la llamada imposición de salida.

Sin embargo, en esta ley se incorporan los concernientes al nuevo régimen de transparencia fiscal internacional y a la imposición de salida.

En este proyecto de ley también se adecúa el término de paraísos fiscales al de jurisdicciones no cooperativas.

Entre otros ámbitos, el texto también introduce modificaciones en el IRPF .

En primer lugar, se modifica la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de los no Residentes y sobre el Patrimonio.

Además, se establecen dos nuevas obligaciones informativas:

  • Del saldo que mantienen los titulares de monedas virtuales y
  • De las operaciones sobre dichas monedas (adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos) en las que intervengan.

Asimismo, se modifica la base imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Estas son el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sustituyendo el valor real por valor, concepto equiparado al valor de mercado.

Por otro lado, respecto del IAE, se actualizan las referencias normativas para considerar un grupo de sociedades y se aclara que la regla para calcular el importe neto de la cifra de negocios se deberá aplicar con independencia de la obligación de consolidación contable.

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En cuanto a la regulación del juego, en este proyecto de ley se contemplan mecanismos de prevención y lucha contra la manipulación de las competiciones deportivas, para combatir el fraude que puede producirse en las apuestas deportivas.

  • Se amplía el elenco de entidades a las que la autoridad encargada de regulación del juego puede realizar requerimientos de información.
  • Se introducen nuevos tipos infractores o se modifica alguno de los existentes, para sancionar prácticas fraudulentas de los participantes en los juegos, de los propios operadores o de proveedores o intermediarios, entre otros.

 

Enmiendas del Senado.

Tras el paso de esta iniciativa por el Senado, se ha aprobado una enmienda que introduce cambios en el apartado VI del Preámbulo.

Se refiere a modificaciones en:

  • La Ley 35/2006 del IRPF y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de los no Residentes y sobre el Patrimonio, sobre la subrogación de adquisiciones y el régimen transitorio.

Aplicable a las transmisiones de bienes efectuadas con posterioridad a la entrada en vigor de esta ley.

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