Convocatoria de Ayudas Injuve para la Creación Joven 2022.

 

El Boletín Oficial del Estado del 7 de abril de 2022 ha publicado las Ayudas Injuve para la Creación Joven 2022/2023

 

¿Quiénes pueden solicitar las Ayudas Injuve para la Creación joven?

Personas físicas y jurídicas, de nacionalidad española, y todas aquellas con residencia legal en España, que tengan entre 18 y 30 ó 35 años de edad, según sea el objeto de la ayuda.

Cuando se trate de proyectos en los que participen más de una persona, el requisito de edad se exigirá a todos los beneficiarios.

En el caso de grupos musicales y compañías de artes escénicas, el requisito de edad se exigirá tanto a la dirección artística como al cuadro de interpretación artística.

Si se trata de personas jurídicas, el requisito de edad se exigirá a las personas físicas que figuren como representantes en sus órganos directivos en el año de la convocatoria.

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Objeto de la ayuda.

El objeto de la presente convocatoria es favorecer el trabajo de jóvenes creadores, con la finalidad de fomentar la actividad creadora, facilitar su promoción y la difusión de su obra, a la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, mediante la ayuda a proyectos a desarrollar durante el año 2023 en el ámbito de las artes visuales, escénicas, música, literatura, así como en el diseño y el cómic e ilustración, a través de las siguientes líneas de actuación:

  • a) Producción de obra.
  • b) Movilidad de obra producida y/o creadores.
  • c) Investigación.
  • d) Sala Amadís del Instituto de la Juventud.
  • e) Emprendimiento para la creación emergente.

 

El importe.

El crédito presupuestario total para estas subvenciones será de 230.000€.

La cuantía individualizada de las ayudas será de:

  • 5.000€ para los proyectos de producción de obra, de movilidad de obra o creadores y de investigación.
  • De 10.000€ para los proyectos de emprendimiento para la creación emergente.
  • Y de 7.000€ para los proyectos de la Sala Amadís, con independencia del coste total estimado del proyecto a desarrollar.

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Bases reguladoras.

El detalle con las bases reguladoras aparece en Boletín Oficial del Estado 83 del jueves 7 de abril de 2022.

 

Plazo de presentación de solicitudes.

Este plazo será de veinte20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. Del 8 de abril al 10 de mayo a las 23:59 horas.

 

La solicitud.

La solicitud deberá ajustarse al modelo de instancia y acompañada de la siguiente documentación técnica.

  • a) El Dossier de proyecto.
  • b) Cartas de aceptación o invitación.
  • c) Dossier de trabajos realizados.

Para solucionar otras dudas, contacta con creacioninjuve@injuve.es. El horario de atención es de 8:00 a 17.00, de lunes a viernes.

 

Si desea que desde ELYA NOVA Asesores le ayudemos, informándole sobre este tema, puede ponerse en contacto con nosotros en el 917140336 y solicitar un presupuesto.

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