En vigor la nueva Ley de Empleo 2023.

 

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La Ley de Empleo 3/ 2023.

El 2 de marzo entró en vigor la nueva Ley de Empleo (Ley 3/2023, de 28 de febrero). Se trata de una iniciativa incluida en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

Objetivo de la Ley de Empleo.

El objetivo es corregir deficiencias del mercado de trabajo, reducir las brechas de género y poner las bases para poder adaptarse al cambio tecnológico de las próximas décadas.

Además, se busca aumentar la inserción en los próximos 30 años, alcanzando una tasa de empleo similar a la de los países más avanzados de Europa.

 

 El actual organismo autónomo del Servicio Público de Empleo Estatal SEPE se transformará en la Agencia Española de Empleo.

 

Las principales novedades de esta Ley.

1) Ampliación de los colectivos de atención prioritaria.

    • Con la nueva normativa se busca eliminar el trato discriminatorio, pasando a considerarse colectivos vulnerables de atención prioritaria las personas:
    • Menores de 30 años o beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
    • Personas en desempleo de larga duración.
    • Personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %, con capacidad intelectual límite o con trastornos del espectro autista.
    • LGTBI, en concreto trans.
    • Mayores de 45 años, con especial atención si tienen a cargo menores de 16 años o mayores dependientes.
    • Migrantes y solicitantes de protección internacional.
    • Personas gitanas o pertenecientes a otros grupos étnicos/religiosos.
    • Víctimas del terrorismo.
    • Víctimas de trata de seres humano, en situación de exclusión social o afectadas por drogodependencias.
    • Mujeres víctimas de violencia de género, así como sus descendientes en primer grado.
    • Trabajadoras provenientes de sectores en reestructuración.
    • Personas tuteladas por las administraciones públicas.
    • Adultos con menores de 16 años o mayores dependientes a cargo.

 

BOE Ley de Empleo 3/ 2023

 

2) Agencia Española de Empleo.

El SEPE se transformará en la Agencia Española de Empleo. Con ello se pretende agilizar y flexibilizar la gestión debido a la mayor autonomía de la Agencia. Sus trabajadores pasarán a formar parte de esta entidad con el mismo cargo, obligaciones y responsabilidades.

3) Se establece un catálogo de servicios común en todo el territorio del Estado.

Las personas demandantes de servicios de empleo contarán con los siguientes servicios garantizados:

    • Elaboración de un perfil individualizado.
    • Tutorización individual y asesoramiento continuado.
    • Formación en el trabajo y asesoramiento para el autoempleo.
    • Intermediación laboral eficiente, facilitando ofertas de empleo adecuadas.
    • Establecimiento de un canal de recepción de los servicios presencial o digital alternativo.
    • Acceso a trabajos en cualquier territorio del Estado en iguales condiciones.
    • Búsqueda de la protección social precisa que permita el mantenimiento de un nivel de vida digno durante el proceso de búsqueda de ocupación.
    • Expediente laboral personalizado único.

4) Reformas puntuales del Estatuto de los Trabajadores:

    • Garantía legal de inembargabilidad del SMI. Así, conforme a la reciente subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 1.080 euros, la norma avala que la cuantía tanto mensual como anual será inembargable.
    • Control público a los despidos colectivos. Se trata de una dificultad extra para las empresas que quieran realizar un ERE.

5) Otras normas afectadas por la nueva Ley de Empleo.

    • Además se incluyen otros cambios:
    • Se regula el Sistema de Formación profesional para el empleo en el ámbito laboral
    • En contratos del sector público, se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo
    • Se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo
    • Se crea el fondo de compensación para las víctimas del amianto (pendiente de desarrollo reglamentario).

Regulación.

Disposiciones generales de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.

Fuente: Ministerio de Trabajo y Economía Social

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