Sistema MEI: Mecanismo de Equidad Intergeneracional.
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MEI: Mecanismo de Equidad Intergeneracional.
Nuestro actual sistema de pensiones está comprometido por el envejecimiento de la población. Esto está provocando un considerable descenso en la ratio del número de cotizantes por pensionista. Según previsiones del INE, esta situación se acentuará en un futuro próximo.
Por ello, y dado que el sistema no se presenta sostenible, se ha buscado uno nuevo: el Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Te contamos todo sobre este y cómo afectará a la empresa y el trabajador.
Qué es el MEI.
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional o MEI es una de las grandes novedades en gestión de nóminas que debes conocer de cara a este año: consiste en un conjunto de medidas pensadas para hacer frente a los retos coyunturales que plantea el sistema de pensiones. Entre ellas, se introduce un nuevo tipo de cotización que comenzará a aplicarse el 1 de enero de 2023 en las nóminas de todos los trabajadores por cuenta ajena, y también lo abonarán sus empresas empleadoras, sin excepción, así como a los profesionales autónomos.
El MEI se compone de un conjunto de medidas diseñadas para evitar que las generaciones más jóvenes asuman todo el peso de la jubilación de grupos generacionales más poblados, repartiendo de forma equilibrada este esfuerzo.
Objetivo del MEI.
El objetivo es fortalecer al mismo tiempo el sistema de pensiones a largo plazo, y para ello una de las medidas más novedosas es un nuevo ‘impuesto’ (en realidad, se trata de un nuevo tipo de cotización) que se aplicará entre 2023 y 2032.
El MEI es una herramienta que ya se utiliza en países como Francia, Portugal o Suecia con el mismo fin: crear un colchón para afrontar posibles desviaciones de la senda de gasto en pensiones. Al introducirse en España, las reglas del juego sobre cómo hacer una nómina cambiarán ligeramente de cara a 2023.
Qué tienen que hacer el trabajador y los autónomos.
La nueva cotización, de carácter finalista y temporal, será de un 0,6 % y se calculará sobre la base de cotización de contingencias comunes. El trabajador asumirá el 0,1 % de este total frente al 0,5 % que costeará la empresa.
Esto supondrá unos 12 euros mensuales para una base reguladora de 2.000 euros (en este ejemplo, 10 euros corresponderán a la empresa y dos al trabajador). En el caso de un salario mileurista, se descontarán en total 6 euros mensuales aproximadamente, de los que un euro se restará al salario del trabajador, correspondiendo el resto (5 euros) a la empresa, según los datos del Gobierno.
Dado el sistema de reparto de esta nueva carga (0,5/0,1), la mayor parte de esta recaudación recaerá en la empresa. Siguiendo el ejemplo de una base reguladora media, la empresa se haría cargo de 10 euros, frente a los 2 que se descontarían del salario del trabajador.
*El trabajador por cuenta ajena no debe hacer nada, ya que será la empresa la que lo aplique directamente en las nóminas de sus trabajadores.
*Los trabajadores autónomos también están afectados por este nuevo MEI. A día de hoy, estamos a la espera de instrucciones concretas sobre la operativa de aplicación de este incremento que coincide con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización de los autónomos en 2023.
Qué tiene que hacer la empresa.
En general, las empresas deben comunicar a sus trabajadores la aplicación de este nuevo mecanismo. Esto implica explicar que tanto la empresa como el trabajador realizarán aportaciones a la llamada “hucha de las pensiones”.
Características del Mecanismo de Equidad Intergeneracional.
Estas son las principales características del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI):
- Temporalidad. El despliegue de este mecanismo está acotado en el tiempo y coincide con el período en el que el sistema tendrá que afrontar su principal reto demográfico.
- Contingente. Tras el incremento en la dotación del Fondo de Reserva, el mecanismo solo se activará si la senda de gasto en pensiones, en términos de PIB, se desvía de la prevista.
- Secuencial. En caso de ser necesario, operaría de forma secuencial, recurriendo al colchón generado en el periodo 2023-2032, o arbitrando medidas negociadas enmarcadas en las recomendaciones del Pacto de Toledo destinadas a minorar gastos y/o aumentar ingresos.
Entrada en vigor del MEI.
Aunque su entrada en vigor se produce el 1 de enero de 2023, esta medida se aprobó con la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.
El Gobierno basa la introducción de este nuevo tipo de cotización en el hecho de que los costes laborales de las empresas españolas son moderados en comparación con la media europea y se han incrementado menos que en los países de la UE.
Además, parte del plan consiste en adaptar la normativa sobre el Fondo de Reserva para garantizar que la utilización de la cuota finalista y de los rendimientos que genera se destinen exclusivamente a atender desviaciones en el nivel de gasto en pensiones.
Fuente: La Moncloa
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