Línea de avales para autónomos y empresas afectados por la guerra en Ucrania

 

Aprobación RD-ley.

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo que recoge las características del primer tramo de la Línea de Avales para autónomos y empresas, por importe de hasta 5.000 millones de euros, que forma parte de las medidas incluidas en el Plan de respuesta a la guerra de Rusia en Ucrania aprobadas en el Real Decreto-ley 6/2022.

La nueva línea reforzará la liquidez de autónomos y empresas que se estén viendo afectados por el incremento de los precios de la energía, materias primas o electricidad como consecuencia de la guerra. Garantizan de esta forma su acceso a la liquidez. Esta línea de avales se enmarca en el nuevo marco temporal de ayudas aprobado por la Comisión Europea, destinadas a respaldar el tejido productivo y la economía europea ante los efectos económicos de la invasión rusa de Ucrania.

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El primer tramo aprobado de 5.000 millones de euros, que será gestionado por el Instituto de Crédito Oficial en colaboración con las entidades financieras. Está dirigido a todos los autónomos y empresas de todos los sectores económicos afectados por los efectos económicos de la guerra de Rusia en Ucrania. Y con excepción del sector financiero y de seguros.

Los avales se destinarán a garantizar nuevas operaciones de financiación concedidas por las entidades financieras, y podrán solicitarlos hasta el 1 de diciembre de 2022 los autónomos y empresas que no se encuentren en situación de morosidad ni en procedimiento concursal a la fecha de firma de la operación, ni estén sujetos a sanciones por parte de la UE, ni tengan en el momento de solicitud del aval ningún proceso de ejecución de avales gestionados por el ICO.

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Garantía del aval.

El aval garantizará hasta el 80% de los nuevos préstamos de operaciones solicitadas con importe máximo avalado de hasta 400.000 euros con carácter general. También es posible 35.000 euros para empresas del sector primario, acuicultura o pesca, en una o varias operaciones de préstamo. En estos casos, el aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de 10 años.

Para préstamos por un volumen superior el aval podrá garantizar hasta el 80% del importe del crédito para pymes y autónomos y hasta el 70% para el resto de las empresas. Si bien el importe total del préstamo no podrá ser mayor del 15% del volumen de negocios anual medio total del beneficiario durante los tres últimos ejercicios, o del 50% de los costes de la energía en los doce meses anteriores a la solicitud del préstamo.

 

Plazos.

Para estos préstamos el aval coincidirá también con el plazo de amortización de la operación, que será de hasta ocho años.

Todas las operaciones contarán, a solicitud del deudor, con un periodo de carencia inicial del principal de 12 meses y las entidades financieras deberán mantener abiertas las líneas de circulante de sus clientes hasta el 31 de diciembre de 2022.

Asimismo, las entidades financieras deberán aplicar los mejores usos y prácticas bancarias en beneficio de sus clientes y no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto.

(Fuente: Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital)

 

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