La nueva normativa sobre servicios de pago en Internet se llama PSD2.

Normativa sobre servicios de pago PSD2.

El 14 de septiembre de 2019 entra en vigor la Directiva Europea 2366 sobre servicios de pago, conocida como PSD2 (por sus siglas en inglés Payment Service Directive), que obliga al comercio a hacer una doble autentificación del cliente, también llamada Autentificación Reforzada del Cliente o SCA.

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¿Qué es la Autentificación Reforzada del Cliente o SCA?

La Autentificación Reforzada del Cliente también es conocida por sus siglas en ingles SCA (Strong Customer Authentication) y se trata de un nuevo requisito de identificación del cliente a la hora de efectuar el pago de un bien o servicio.

El Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron en el año 2015 la Directiva de la Unión Europea 2366 sobre servicios de pago (PSD2) donde se incluía este nuevo sistema que ahora se torna obligatorio. (DOUE http://cort.as/-QV2Z)

El RDL 19/2018 obliga a las empresas a usar la autentificación reforzada.

El pasado 24 de noviembre se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 19/2018, de 23 de nov., de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera (BOE)

Como acabamos de mencionar, esta nueva norma obliga a las empresas a usar la autentificación reforzada e incrementa el nivel de protección del cliente frente a sus pagos. La ya denominada PSD2 (Directiva europea UE 2015/2366).

El objeto de este RD-ley es la regulación de los servicios de pago que se presten con carácter profesional en territorio español, incluyendo la forma de prestación de dichos servicios, el régimen jurídico de las entidades de pago, el régimen de transparencia e información aplicable a los servicios de pago, así como los derechos y obligaciones respectivas tanto de los usuarios de los servicios de pago como de los proveedores de los mismos.

Pero ¿qué cambios introduce la nueva Ley RDL 19/2018 (PSD2) para clientes y empresas? Os resumimos los más importantes.

  • Se prohíbe que un comercio realice un recargo al cliente por pagar de forma electrónica.
  • Limita la responsabilidad de los clientes, que hayan sido víctimas de operaciones fraudulentas, a 50 € y además establece que la reclamación, que éste plantee en su entidad, se resuelva en un plazo máximo de 15 días.
  • Se introduce la «autentificación reforzada» del cliente para realizar pagos o acceder a su cuenta. Esto implica que, para cualquier tipo de pago, tu empresa deberá utilizar un sistema de doble autentificación. Por ejemplo, deberán introducir una contraseña y además, un código de SMS. Este tipo de autentificación ya ha sido implementado por numerosos bancos, por ejemplo.
  • Establece el régimen sancionador (Título IV) aplicable a los proveedores de servicios de pago, que se integra dentro de la Ley 10/2014 de 26/junio.
  • Crea el llamado «Open Banking», por el que se obliga a los bancos a que concedan acceso a terceros a las cuentas de sus clientes. Estos terceros serán prestadores de servicios como aquellos para pagar sin tarjeta y Apps para ver tu información financiera.

Explica el Instituto de Ciberseguridad, dependiente del Mº de Economía y Empresa, el primer gran cambio que traerá consigo esta normativa es que las entidades financieras deberán abrir sus sistemas a terceras partes o TPPs (Third Party Payment Service Providers), acción que se denomina open banking. + Incibe.

Además de la obligación de autentificación reforzada, también el “open banking” será exigible el día 14/09/2019.

La incorporación de la Directiva PSD2 será de obligado cumplimiento, y ayudará a que las transacciones sean más seguras, algo que fomentará las compras online.

(Fuente: BOE, Mº de Economía y Empresa. Elaboración propia).

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