Nuevo sistema de cotización para los autónomos basado en sus ingresos reales.

 

Cotización de los autónomos por ingresos reales.

Se ha aprobado esta semana en Consejo de Ministros el Real Decreto-ley por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos, basado en sus ingresos reales. En los rendimientos netos.

 

Efectividad.

Esta reforma será efectiva en 2023.

El acuerdo se ha alcanzado por el Gobierno y con los interlocutores sociales CEOE, CePyme, CCOO y UGT, y con las organizaciones de autónomos ATA, UATAE y UPTA.

* Las cuotas a la Seguridad Social irán desde los 230 euros a los 500 euros en 2023 y desde los 200 euros hasta los 590 euros en el tercer año de aplicación, 2025.

 

Novedades de los tramos de cotización.

  • En primer lugar, la reforma establece que en los próximos tres años se despliega progresivamente un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años.
  • Además, se define el concepto de rendimientos netos, fundamental para la puesta en marcha del nuevo sistema. Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (autónomos societarios un 3%). El resultado serán los rendimientos netos y esa será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.
  • Se habilita así un sistema que permite a los autónomos cambiar su cuota en función de su previsión de ingresos netos hasta seis veces al año. Al final del ejercicio fiscal y una vez conocidos los rendimientos netos anuales, se regularizarán las cotizaciones.

 

Tabla de las bases y cuotas por tramos.

Esta tabla te muestra el detalle de las bases y los 15  tramos de la nueva regulación.

Cotización Autónomos ingresos-reales-tabla

Cuotas bonificadas para nuevos Autónomos.

El texto aprobado este martes también fija una cuota bonificada para los nuevos autónomos de 80 euros durante doce meses, extensible a otros doce meses adicionales cuando los ingresos netos siguen siendo bajos.

El texto incluye además una evaluación periódica de este nuevo sistema, que se realizará en el marco del diálogo social cada tres años.

 

Cambios base cotización autónomos.

Además, los autónomos podrán cambiar hasta seis veces al año la base por la que vengan obligados a cotizar a partir de 2023.

Podrán elegir otra dentro de los límites mínimo y máximo que les resulten aplicables en cada ejercicio, siempre que así lo soliciten a la TGSS, con los siguientes efectos:

  1. 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
  2. 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  3. 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  4. 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  5. 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  6. 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

 

Protección social.

Además, esta reforma incluye una importante mejora en el esquema de protección por cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia.

En base a la experiencia del despliegue de prestaciones durante la pandemia y la erupción del volcán Cumbre Vieja de La Palma, se amplían las modalidades del cese de actividad para mejorar la cobertura de distintas contingencias.

Es el caso de una interrupción parcial de la actividad, y se adapta a los autónomos la protección que proporciona a los asalariados el mecanismo RED establecido en la reforma laboral para situaciones de crisis cíclicas o sectoriales (ERTE).

 

Regulación.

Publicación BOE179 del Real Decreto Ley.

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