Subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo

 

Extracto de la Resolución de 6 de abril de 2022, de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento, para el año 2022.

BDNS (Indetif.): 621424.

 

Plazo de solicitud de las subvenciones.

El plazo de la solicitud estará abierto del 24/abril/2022 al 17/mayo/2022.

 

Beneficiarios de las subvenciones.

Los beneficiarios son Autónomos y Empresas.

  • Respecto a las subvenciones a las actuaciones de ámbito estatal de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas:

• Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial.

• Entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción.

• Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.

• Otras asociaciones, fundaciones y universidades. En este apartado se considerarán incluidas las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter sectorial.

 

  • Los beneficiarios para los gastos de funcionamiento son los siguientes:

• Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial.

• Entidades asociativas de carácter intersectorial y ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales y de asociaciones de empresas de inserción.

• Otras Entidades asociativas de carácter sectorial y de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.

• Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales. Estos entes representativos de la economía social deberán contar entre sus asociados, al menos, con cinco asociaciones de ámbito estatal entre las de cooperativas y las de sociedades laborales.

 

Finalidad.

Financiación de los gastos derivados de la realización de actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, así como la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones de:

  • Trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal para facilitar el cumplimiento de los fines propios de estas entidades.

Resolución BOE94.

 

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